Convocatoria de ayudas a autónomos y empresarios/as individuales

Convocatoria de ayudas a autónomos y empresarios/as individuales
08 Abril 2020 Subvenciones

El Servicio Vasco de Empleo, Landide, destinará 3 millones de euros al pago de las cotizaciones y los arrendamientos que tengan que asumir las personas autónomas y empresarios/as individuales.

 

El Consejo de Gobierno ha dado luz verde a un nuevo programa de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo de ayudas de carácter excepcional para empresarios/as individuales y autónomos/as. Esta línea subvencionará gastos como los de cotización a la Seguridad Social y rentas de alquiler, con un máximo de 3.000 euros por persona.

En total, el Gobierno Vasco destinará 3 millones de euros a esta novedosa línea de ayudas que pretende paliar la situación a la que se han visto abocadas miles de personas en Euskadi, que han tenido que bajar sus persianas. De hecho, pretenden hacer frente a la situación de pérdida económica directa producida por el cierre temporal de los negocios por parte de empresarios/as individuales y autónomos/as debido a situación de alarma generada por la expansión del COVID-19.

Los conceptos subvencionables son:

Las cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el que, en su caso, corresponda de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias. (Dicho gasto no se considerará subvencionable cuando haya sido subvencionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo u otras administraciones públicas).

Y el arrendamiento de locales de negocio, siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar y no exista relación de parentesco hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local, ni sea socio/a o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a.

Podrán beneficiarse de esta línea de ayudas: (Siempre que estén empadronados y tengan la residencia efectiva en la CAE y tengan domiciliada, social y fiscalmente, la actividad empresarial en Euskadi y radique en la misma el centro de trabajo)

Las empresarias o empresarios y profesionales individuales.

Las socias y socios integrantes de Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, siempre que la subvención se solicite a título personal.

Esta ayuda estará disponible en cuanto se publique la convocatoria con los plazos correspondientes

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
  • Resolución de concesión de la prestación extraordinaria por cese de actividad para las personas afectadas por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • Contrato de arrendamiento de local de negocio.
  • Documento acreditativo de la constitución de la Comunidad de Bienes o Sociedad Civil, en su caso.


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