Obligación de cumplimiento de la “Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal” (LOPD)

09 Octubre 2013 Grupo Cei

Esta ley se adapta al actual panorama de desarrollo de las tecnologías de la información como medio de comunicación de datos, y en este sentido defiende el derecho a la intimidad y a la privacidad de todos los ciudadanos en todos sus trámites.

En este sentido las empresas que tienen que trabajar con bases de datos donde almacenan información de índole privado deben ajustarse a los requisitos impuestos por la nueva LOPD y de esta forma preservar la privacidad de sus usuarios / clientes en el tratamiento de sus datos personales cumpliendo una serie de requisitos y aplicando determinadas medidas de seguridad en función del tipo de datos que posean.

El responsable de un fichero o tratamiento es la entidad, persona u órgano administrativo que decide sobre la finalidad, el contenido y el uso del tratamiento de los datos personales. Sobre el responsable del fichero recaen las principales obligaciones establecidas por la LOPD y le corresponde velar por el cumplimiento de la Ley en su organización.

La LOPD está organizada en torno a nueve principios que se convierten en obligaciones para los titulares de los responsables del fichero a los que incumbe velar por el cumplimiento de la Ley en su empresa. Los principales deberes del responsable son :

 - Proceder a la inscripción de los ficheros

Una vez comprobado que los ficheros cumplen con los requisitos legales debe proceder a su inscripción ante el Registro General de Protección de Datos

 - Principio de calidad de los datos

Asegurarse de que los datos sean adecuados y veraces, obtenidos lícita y legítimamente y tratados de modo proporcional a la finalidad para la que fueron recabados.

 - Deber de guardar secreto

Garantizar el cumplimiento de los deberes de secreto y seguridad y asegurarse de que todo el personal de la empresa cumple la confidencialidad de los datos.

 - Deber de información

El responsable del fichero debe informar a los titulares de los datos personales en la recogida de éstos y obtener el consentimiento para el tratamiento de los datos personales.

 - Atención de los derechos de los ciudadanos

Facilitar y garantizar el ejercicio de los derechos de oposición al tratamiento, acceso, rectificación y cancelación.

Asegurar que en sus relaciones con terceros que le presten servicios, que comporten el acceso a datos personales, se cumpla lo dispuesto en la LOPD.

Cumplir, cuando proceda, con lo dispuesto en la legislación sectorial que le sea de aplicación.


Para el caso de incumplimiento de las obligaciones anteriormente señaladas, las sanciones previstas por la LOPD para las infracciones por acción u omisión son muy elevadas. Por ejemplo, una falta “leve, como no declarar un fichero, es de 60.000 €. Y pueden llegar hasta los 600.000 € en el caso de una cesión de datos sin consentimiento.


Puede obtener más información sobre la LOPD en el Portal de la Agencia Española de Protección de Datos.

 

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