Diagnóstico y Plan de Acción en materia de conciliación

Entitatea Eremua Area Hasiera Amaiera
GOBIERNO VASCO IGUALDAD CAPV 21/06/2023 21/07/2023

Burutzeko epealdia

01/01/2023 - 30/04/2024


Porcentaje

70%


Xedea

Ayudas económicas destinadas a facilitar que las entidades contraten servicios de consultoría y asesoramiento para la realización de un diagnóstico y de un plan de acción en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral para su plantilla.


Gertaerak

Se subvencionará la contratación de entidades consultoras que presten su asistencia para la realización de un diagnóstico de la situación de la entidad en relación con la conciliación de la vida personal, laboral y familiar, y un Plan de Acción en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

El Diagnóstico deberá analizar, como mínimo, la situación de la entidad solicitante en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los siguientes ámbitos:

- Situación de partida de la entidad: análisis concreto y específico de la entidad y sus circunstancias (tipo de entidad, tipo de puestos de trabajo, perfil de la plantilla, características y limitaciones específicas en función del sector productivo, la actividad que desarrolla o las necesidades del cliente, forma de comunicación y decisión, presencia sindical, necesidades de la plantilla, etc).
- Nivel de presencia de la conciliación en la política interna de la entidad.
- Medidas de conciliación reconocidas y facilitadas por la entidad (medidas de obligado cumplimiento, medidas asumidas por convenio, medidas propias, mejoras), posición y motivación de la entidad para ofrecerlas)
- Presencia/oferta de otros recursos de apoyo que mejoran la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras.
- Existencia de procedimientos establecidos para la comunicación a la plantilla de las medidas de conciliación disponibles, así como la forma de solicitarlas. Nivel de conocimiento, aceptación y utilización. Posibilidad de hacer propuestas.
- Existencia de indicadores, o procedimientos para la evaluación, seguimiento y mejora de las medidas de conciliación existentes.

El plan deberá diseñarse de forma específica para la entidad contratante y estar adaptado a las características de los establecimientos de la CAE para los que se plantea. Deberá elaborarse en base a los resultados del diagnóstico previo, desde los que planteará líneas estratégicas, objetivos y medidas concretas, que deberán calendarizar en función de las prioridades que se decidan. Además, deberá identificar los agentes responsables, estimar el presupuesto que se dedicará a cada medida, e incluir fórmulas de seguimiento que permitan medir los resultados.

El diagnóstico y el plan son elementos complementarios, por lo que han de realizarse ambos. No se subvencionará la realización de forma aislada de una de las dos actuaciones anteriores.


Onuradunak

Entidades y personas autónomas que actúen como empresarias, con plantilla a cargo, que cuenten con centros de trabajo en la CAE y que no dispongan de un plan de conciliación previo. Deberán contar con una plantilla inferior a 250 trabajadoras o trabajadores o, en el caso de plantillas de más de 250 personas, que el proyecto de diagnóstico y plan que presenten se refieran de forma concreta a alguno de los establecimientos que tengan ubicados en la CAE de menos de 250 personas trabajadoras.


Laguntza

10.000 euros